Consideraciones para autónomos con varias actividades económicas

Prácticamente, todo el mundo sabe que si inicia una actividad profesional ha de darse de alta del CNAE y del IAE. El CNAE es un código numérico que corresponde a la clasificación de actividades económicas establecida por la Administración y no siempre es fácil encontrar el adecuado. Por su parte, el IAE es el impuesto de actividades económicas en el que todos los agentes económicos han de estar de alta aunque se han de cumplir unos requisitos para que se deba pagar. Sin embargo, también consta de epígrafes y es fácil confundirlo con el CNAE. Es un trámite que se efectúa en la Agencia Tributaria. Pero, ¿qué pasa con los autónomos con varias actividades económicas?

 

Autónomos con más de una actividad, ¿es algo inhabitual? 

En realidad, es bastante frecuente que un autónomo desempeñe más de una actividad. Sin embargo, habría que hacer una primera distinción en el caso de que se trate de una actividad que se suma a la principal o es meramente puntual. Si es ocasional, no es necesario realizar ninguna gestión. Luego, se añade a los rendimientos a la hora de declarar. 

En el caso de que sea habitual, es importante que se intente que posea el mismo régimen fiscal que la actividad principal. Sin embargo, no es imprescindible, ya que, a la hora de facturar servicios diferentes, pueden contabilizarse y fiscalizarse de manera separada.

Por otro lado, el hecho de desempeñar más actividades no afecta al importe que se pague de la cuota de autónomos. No hay que olvidar que, a partir de enero, se pagará la cuota de acuerdo con los ingresos reales. Tampoco supone una carga mayor en impuestos. Estos siempre están relacionados con los ingresos efectivos.

 

¿Qué deben hacer los autónomos con varias actividades económicas? 

Si va a ser habitual que ejerzan otra actividad o actividades, han de inscribirlas tanto en el CNAE como en el IAE. Esto es, han de apuntarse en tantos epígrafes como actividades desempeñen. Hacerlo no es potestativo, sino obligatorio. Tienen un mes para hacerlo desde que inicien la actividad.

Por otra parte, a nivel contable, se distinguen de los autónomos que solo llevan a cabo una actividad. De hecho, la ley indica que aquellos que desempeñen más de una actividad, deben llevar registros separados para cada una de ellas si pertenecen a regímenes de IVA diferentes. 

En cuanto a los gastos, en ocasiones, puede ser complicado deducirlos, aunque sean comunes. Un ejemplo de ellos son los gastos de gestoría. Sin embargo, algunos especialistas sugieren repartirlos proporcionalmente entre dichas actividades. 

La fiscalidad es otro punto a tener en cuenta. Lo ideal es que todas las actividades tributen por el mismo régimen de IRPF e IVA. No obstante, si no es así, el legislador contempla la posibilidad de aplicar una prorrata especial para el cálculo del IVA. Para llevarlo a cabo, es imprescindible implementar la contabilidad separada.

Los autónomos con varias actividades económicas no pagan más por esa razón. Sin embargo, han de tener en cuenta que, probablemente, necesiten llevar registros separados de cada una de ellas. En caso de requerir asesoramiento personalizado, lo idóneo es contactarnos sin compromiso.

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